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EL PERITO PSICÓLOGO Y LAS PERICIAS PSICOLÓGICAS EN LAS DENUNCIAS FALSAS DE ABUSO SEXUAL Y VIOLENCIA FAMILIAR. Los principales links se encuentran al pie de nuestra página.
El perito de parte, designado por la Autoridad Judicial, tiene una función única en el proceso legal que finaliza en el acto de la pericia y se perfecciona en su testimonio oral. En este último caso no actúa ya como perito de la parte sino del propio Tribunal.
También hay que considerar que la Defensa seguramente necesitará el auxilio de un equipo de profesionales en el momento del interrogatorio de los diferentes psicólogos, asistentes sociales, psicopedagogos, médicos, etc. que suelen intervenir en los complejos casos de violencia familiar, denuncias erróneas de abuso sexual y Ley 24.270.
Durante el proceso de elaboración de alegatos, el no contar con ayuda técnica implica una desventaja, especialmente debido a que habitualmente, los profesionales despliegan ante el Tribunal teorías tan complejas como cuestionables sobre los diferentes temas relacionados con el testimonio infantil, el diagnóstico de las partes, las técnicas usadas etc.
¿Qué recursos tienen los abogados intervinientes? Es aconsejable contar con la asistencia de un psicólogo especializado que tenga experiencia forense y que haya estudiado toda la causa en todos sus aspectos psicoforenses. Este profesional debe ser una persona diferente al perito de parte, cuya imparcialidad en el proceso le impide asistir al abogado como auxiliar dentro del recinto acompañándolo y sugiriéndole líneas de interrogatorio sobre cuestiones técnicas a los psicólogos o suministrándole cuestionarios específicos. Esta capacitación específica que el abogado solamente adquiere por intermedio de la asistencia técnica, le permite ilustrar al TRIBUNAL sobre algún aspecto en especial cuando, por ejemplo se ha utilizado alguna técnica que pudo haber alterado ostensiblemente un testimonio, sobre aspecto la bibliografía ofrece muchos ejemplos, de esta forma le permitirá identificar objetivamente los indicadores fácticos emergentes.
Esta función del psicólogo como auxiliar de la defensa o de la acusación en el Juicio Oral debe ser diferenciada muy especialmente de la del perito en el Juicio Oral. En este sentido, el profesional debe estar muy familiarizado con los principios de la sana crítica, y con los de lógica aplicada al discurso jurídico y poder emplearlos en la argumentación cuando observa aquellos aspectos en los cuales identifica falacias, errores de diagnóstico o de razonamiento en los informes y testimonios de los profesionales.
Este papel que cumple el psicólogo forense se acerca mucho al del perito de parte, por cuanto también requiere una actualización constante y un profundo conocimiento en la materia.
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